“…Durante este período, se vislumbró un nuevo concepto en la función del Estado, identificado con los intereses nacionales. Una de las herramientas más eficaces fue el impuesto a los réditos, instrumento que sirvió para la distribución de las riquezas, repercutiendo en la nivelación social. En el año 1932, se implementó como un impuesto de emergencia, después de intentos fallidos durante el gobierno de Hipólito Yrigoyen, que lo postulaba en un sentido redistributivo y para lograr la solvencia del Estado. El carácter de emergencia no fue impedimento para su consolidación posterior en el régimen tributario argentino. El plan de gobierno para el período 1947 a 1951, tuvo como principales objetivos el perfeccionamiento de las Instituciones políticas y el aprovechamiento máximo de los recursos existentes. Por lo tanto en el plano organizativo, fue primordial la creación de una nueva Institución, la Dirección General Impositiva (mediante Ley N° 12927 del 10 de enero de 1947), heredera de dos Organismos de excelencia: la Dirección General del Impuesto a los Réditos y la Administración General de Impuesto Internos. Fecha entrañable para el personal de la DGI, que todos los años se conmemoraba como el punto de partida de este Organismo. El artículo primero de la mentada norma definió la creación al agrupar las dos Instituciones y facultó al Poder Ejecutivo para incorporar a la DGI, las reparticiones, existentes o que se crearan, encargadas de la aplicación de gravámenes. En su artículo segundo, estableció el cargo de director general que sería secundado por dos Directores, que entenderían en los gravámenes de las dos Instituciones agrupadas, y el artículo tercero, dejó constancia que ambas Instituciones mantendrían su estructura, facultando al ejecutivo poder modificarlas, e hizo extensiva la Ley 11683, texto actualizado, a los impuestos que recaudaba la Administración General de Impuestos Internos. La nueva Institución dependió del Ministerio de Hacienda, cuyo titular fue el ministro Ramón A. Cereijo. La creación de la DGI reforzó la administración tributaria. El sistema logró progresividad y los niveles de recaudación aumentaron sostenidamente, en términos del PBI, para alcanzar el máximo histórico en el período 1950/1951…”
Más información en todoperon.org en la sección 2/ capítulo 6 : Perón, la revolución inconclusa. http://www.villamanuelita.org/todoperon/peron02/glyptodon/capitulo06/index.html
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Sistema tributario progresivo, fuente de financiamiento de la gratuidad universitaria y herramienta de movilidad social en la década del ’40 y ’50 en Argentina.
http://cegopp.unm.edu.ar/wp-content/uploads/2022/12/INFORME-FINAL-PI-CONUSUR-EyA-01-2018.pdf
✒️ DOCUMENTO
Un nuevo sentido en la redistribución de las riquezas. Fin de la Década Infame y surgimiento del Peronismo.
https://www.institutopatria.com.ar/wp-content/uploads/2020/10/1-Historia-de-los-impuestos-en-argentina-AFIP.pdf